El SERNAP emite nuevas disposiciones para la reapertura el turismo en Áreas Protegidas de Bolivia
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Escrito
por Humberto Alejandro Castel Baldivieso
Conoce las nuevas decisiones que emitió el Servicio Nacional de Áreas
Protegidas en pasados días respecto la visita de turistas nacionales y extranjeros.
Imagen grupo de investigación Siglo de Oro en flickr
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Tras la reanudación en las actividades de muchos negocios en turismo en
Bolivia, se viene preparando las nuevas normativas emitidas por los distintos
niveles del gobierno para dar continuidad lo más pronto posible a las visitas
turísticas a lo largo del país.
El Servicio Nacional de Áreas Protegidas en pasados días emitió la
normativa actual para que los parques, áreas protegidas y reservas naturales
tengan la elección de aperturar (o no), el ingreso de los turistas a dichas
áreas dependiendo del nivel de riesgo epidemiológico que cada departamento
tenga en vigencia; por lo cual compartimos las primeras disposiciones emitidos
por el mencionado ente rector de las áreas protegidas del país.
Primero.- Se autoriza la Apertura Gradual de las Áreas Protegidas de Interés
Nacional, permitiendo el ingreso de turistas locales, nacionales y extranjeros,
previa determinación del nivel de riesgo COVID-19, a cargo de las Entidades
Territoriales Autónomas (ETA’s) Departamentales y Municipales, cuando estas
determinen que existen las condiciones adecuadas y el riesgo sea mínimo o
moderado. (…)
Segundo.- Se prohíbe el ingreso de personas extranjeras (turistas
extranjeros), por ningún acceso fronterizo de ingreso a las Áreas Protegidas de
Interés Nacional del SERNAP, por lo cual solo están autorizados a ingresar
aquellos que tengan residencia en nuestro Estado o hayan ingresado con los
permisos migratorios correspondientes.
Tercero.- Respetas las decisiones de los Territorios Indígenas Originarios
Campesinos (TIOC’s) y comunidades campesinas que se encuentren al interior de
las Áreas Protegidas de Interés Nacional que no deseen la apertura del turismo
en su jurisdicción.
Cuarto.- Las tarifas de cobro por ingreso de turismo diferenciado para
turistas nacionales, estudiantes y extranjeros se mantienen, de acuerdo a las
resoluciones administrativas de cada Área Protegida de interés nacional con
Sistema de Cobro (SISCO) por turismo implementado.
Quinto.- Las empresas o personas que oferten servicios turísticos de manera
ilegal y que se los encuentre operando dentro de las Áreas Protegidas de
Interés Nacional, recibirán sanciones conforme a lo establecido a la normativa
legal vigente. (Servicio Nacional de Áreas Protegidas)
Con esta normativa vigente muchas áreas protegidas que cuenten como lo
menciona la primera disposición un riesgo mínimo o moderado pueden optar por
abrir las puertas al turismo teniendo en cuenta los insumos y medidas
necesarias de bioseguridad. Sin duda esta primera normativa emitida por el
SERNAP permitirá que muchas agencias que operan en estos territorios se verán
beneficiados con la recepción de los turistas nacionales o residentes
extranjeros, pero siempre teniendo en cuenta la que posición tomen las
directivas de estas áreas respecto a las visitas turísticas.
Fuente: Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP)
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