En estas zonas de Bolivia debes portar obligatoriamente la vacuna contra la fiebre amarilla
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Ante el riesgo epidemiológico de la
fiebre amarilla, el Ministerio de Salud ha tomado previsiones, la principal es
la obligatoriedad para viajeros de portar la vacuna contra esta enfermedad
desde el 2 de marzo de 2017.
El comunicado emitido por la institución gubernamental
explica que las personas provenientes de áreas con existencia del vector, transmisión activa de la fiebre amarilla o
con antecedentes de viaje a las mismas, así como aquellos que carecen de la
vacuna, se constituyen en un riesgo de introducción y dispersión del virus.
Es por ello que se instruye el control estricto por medio de la Dirección
de Migración en terminales aéreas y terrestres. De acuerdo al informe
oficial de la OPS/OMS los países con riesgo de transmisión de la fiebre
amarilla son:
Imagen: Internet |
Países del grupo 1: Argentina, Bolivia, Brasil,
Colombia, Ecuador, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela.
Países del grupo 2: Guyana
Francesa, Guyuna, Surinam, Trinidad y Tobago, Benin, Burkina Faso, Burundi,
Camerun, Etiopia, Gabon, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea Bissau, Guinea
Ecuatorial, Kenia, Liberia, Mali, Mauritania, Niger, Senegal, Sierra Leona,
Uganda, Togo.
Países del grupo 3: Angola, Chad,
Congo, Costa de Marfil, Nigeria, Sudan, Sudan del Sur.
Es importante recordar que aun esta en vigencia la Resolución Ministerial 028
del 21 de enero de 2009, la misma resuelve:
Los extranjeros que ingresan al Estado Plurinacional de Bolivia
visitando las zonas de riesgo de Fiebre Amarilla, deben contar obligatoriamente
con el certificado de Vacunación contra la fiebre Amarilla o ser vacunados con
10 días de anticipación antes de ingresar a zonas de riesgo.
El control del cumplimiento de esta Resolución será responsabilidad
conjunta del Viceministerio de Turismo, la Cámara Boliviana de Turismo, el
Viceministerio de Relaciones Exteriores y la Dirección nacional de Migración.
Se debe tomar en cuenta que una sola dosis de la vacuna contra la
fiebre amarilla es suficiente para conferir inmunidad sostenida y protección
de por vida, por lo tanto no se requiere una dosis de refuerzo.
El Bolivia (según la RM 028) 7
departamentos son zonas endémicas, de
los cuales Beni y Pando son considerados en todo su territorio lugares donde
existe el mosquito transmisor.
Departamento
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Provincia
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Municipio
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Chuquisaca
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Azurduy
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Azurduy
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Hernando Siles
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Monteagudo
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Huacareta
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Nor Cinti
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Incahuasi
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Belisario Boeto
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Villa Serrano
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Luis Calvo
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Vaca Guzman
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Huacaya
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Macharety
|
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La Paz
|
Larecaja
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Guanay
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Tipuani
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Mapiri
|
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Teoponte
|
||
Franz Tamayo
|
Apolo
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|
Inquisivi
|
Inquisivi
|
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Cuajuata
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Sud Yungas
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Chulumani (V. de la Libertad)
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Irupana (V. de Lanza)
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Palos Blancos
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La Asunta
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Abel Iturralde
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Ixiamas
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San Buena Aventura
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Caranavi
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Caranavi
|
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Cochabamba
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Ayopaya
|
Morochata
|
Chapare
|
Villa Tunari
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Carrasco
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Chimore
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Puerto Villarroel
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Entre Rios
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Tiraque
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Tiraque
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Tarija
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Arce
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Padcaya
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Bermejo
|
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Gran Chaco
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Yacuiba
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Paracari
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Villa Montes
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Burnet O`Connor
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Entre Rios
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Santa Cruz
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Todas las provincias excepto Andres Ibañez, Warnes y Florida
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Beni
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Todo el departamento
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Pando
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Todo el departamento
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Conclusiones de la reunión del 9 de febrero
El 9 de febrero se realizó una importante
reunión por medio del cual se pretende socializar
la obligatoriedad y cumplimiento del carnet de vacunación, estuvieron
presentes la DGCA, Migración, Asociación de Líneas Aereas ALA y el Ministerio
de Salud, estas son las conclusiones y acuerdos a los que se llegaron:
a) Ante el inminente ingreso de ciudadanos extranjeros a país que no portan
carnet de fiebre amarilla se acuerda que se brindara lo tolerancia necesaria
por 15 días hábiles, (en coso de que el pasajero no presente dicho documento,
lo Aerolínea y Migración recabaran información y datos sobre el pasajero
(Nombre y apellidos, edad, procedencia, destino, correo electrónico, número de celular,
numero de acompañantes), esta información
debe ser remitida a la autoridad en Salud o los correos cne.bolivia@gmail.com, epidemiologia.gob.bo@gmail.com
asimismo estas entidades recomendaran a este pasajero no ingresar o zonas endémicas
del país.
b) ALA y Migración se comprometen o socializar el requerimiento de carnet
de fiebre amorilla como indispensable para ingresar al país posterior a los l5 días
vale decir hasta el 2 de mozo.
c) A partir del 2 de marzo de la presente gestión toda persona que
ingrese o salga del país deberá portar obligatoriamente el carnet de fiebre
amarilla.
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